Qué motos se pueden conducir con el carnet de coche B (todavía)

8 Qué motos se pueden conducir con el carnet de coche B (todavía)
Fotos de motos para el carnet de coche B
Luis López Lozano
Luis López Lozano
¿Puedes conducir motos con el carnet de coche B, sin necesidad de examinarte para obtener uno específico para moto? Vamos a analizarlo.

Conducir motos con el carnet de coche B no siempre ha sido legal. De hecho, la normativa vigente data del año 2009. Fue entonces cuando muchas cosas cambiaron.

Todo sobre PERMISOS Y NORMATIVAS

Una de ellas fue el escalonamiento para conducir cualquier moto. Pero sorprendió el hecho de permitir a los usuarios de coche conducir una moto sin necesidad de obtener un carnet específico.

Algo que activó el segmento de las motos que se encontraban en su ámbito de acción que, por supuesto, no son todas las disponibles en el mercado.

Requisitos para conducir una moto con el carnet de coche

Motos para el carnet de coche B

De este modo y según la normativa actual, cualquier conductor de coche puede conducir motos con el carnet B correspondiente, siempre que tenga un mínimo de 3 años de experiencia al volante.

Esto significa que si has obtenido el carnet B a los 18 años, no podrás rodar con una moto hasta los 21 años, momento en el que el carnet B de coche queda convalidado por el carnet A1 de moto.

Tipos de moto que se pueden conducir con el carnet B de la DGT

Motos para el carnet de coche B

Una vez más la normativa indica que con el carnet B convalidado como A1 se podrá circular con motos de no más de 11 kW, o lo que es igual, 15 CV.

Esto afecta a cualquier tipo de motocicleta o scooter, de dos o tres ruedas, aunque en el caso de los segundos, los triciclos, la norma va un poco más allá.

Sí, porque existe una curiosa excepción: con el carnet B convalidado podrás conducir cualquier triciclo, incluso si el vehículo supera los 11 kW. Por ejemplo, es legal circular con un elegante Piaggio MP3 530 HPE EXCLUSIVE con motor de 530 cc, 44 CV y 280 kg.

Cuándo entrará en vigor el curso para conducir motos de 125

Motos para el carnet de coche B

El presente año 2024 comenzaba con una oda al ensalzamiento del necesario cuidado del motorista en el uso de su máquina, a tenor de la preocupante cifra de accidentes alcanzada durante 2023.

De todo ello se obtuvo una conclusión por parte de las Autoridades: además de concienciar al usuario de dos ruedas, se le debe formar de la manera debida.

Y pese a que el grueso de la preocupante cifra de accidentes englobaba, sobre todo, a las motos de mayor cilindrada que circulan por vías lejos de las ciudades, se cargaron las tintas sobre los conductores urbanos con carnet B.

Todas las MOTOS CON CARNET B

Estos se sitúan en el lado totalmente opuesto de la zona crítica. Mientras lo preocupante se centra en motos de gran cilindrada y potencia, el poseedor de carnet B no supera los 125 cc y 11 kW.

Además, mientras el grueso de usuarios fallecidos comprendía un arco de edad raramente inferior a 30 años o más, se insistía en que los conductores de motos y scooters de 125 cc necesitaba más formación, cuando apenas ocupaban dicho listado.

Por tanto y para extrañeza del colectivo, la Administración con la DGT al frente pretende mitigar los daños provocados por los accidentes de moto dentro de un grupo que no es el más afectado.

Motos para el carnet de coche B

¿Cómo? Con la promesa de instaurar un curso obligatorio para conducir cualquier moto de 125, es decir, lo que antes era directo con tres años de experiencia con el carnet B de coche, ahora deberá pasar por un nuevo filtro.

Se habla de un curso oficial. ¿Impartido por quién? ¿Será mediante las autoescuelas u otro tipo de filtrante? Todavía está por saber, ya que hasta el momento solo se conoce el «qué», y nada se sabe sobre el «cómo».

En principio será a partir de la segunda mitad del año cuando debamos conocer mayores detalles, con la supuesta implementación de los cursos antes de que acabe el presente año 2024… ¿con más sorpresas? No sería de extrañar.