
La del abuelo: cómo legalizar una motocicleta antigua sin matricular de nuevo
La legislación permite la rehabilitación de una moto de baja para hacerla histórica.
Nos llegan muchas dudas con la nueva matriculación histórica. Y una pregunta muy común es si puedo matricular como histórica una moto que tengo, matriculada en no sé que año.
La respuesta es muy sencilla: no. No, pero sí. No puedes matricular una moto que ya está matriculada.
Pero sí puedes rehabilitar, transferir y legalizar esa moto para rodar con ella, que es lo que te interesa.
En efecto, se puede recuperar legalmente una moto antigua que estuvo de baja definitiva. Te explicamos cómo hacerlo paso a paso.

Se hace mediante un trámite llamado rehabilitación.
Lo primero es la ITV
Toda moto que quiera circular necesita una ficha técnica. Y si está dada de baja definitiva, esa ficha técnica ya no es válida.
La rehabilitación comienza en la ITV. Allí te van a pedir que hagas una inspección previa de rehabilitación.
Debes llevar la moto físicamente. Lógicamente, la moto tiene que estar en condiciones de rodar y circular.
Va a pasar una ITV. Sin documentación y seguro, tendrá que ir en grúa o remolque.
Tiene que conservar el bastidor original con su número de chasis legible. Y no vale hacerlo nuevo: comprobarán con el facsimil de la época que es el mismo.

La ITV comprobará que el vehículo es reconocible, que corresponde con su antigua identidad, y emitirá una nueva ficha técnica. O rehabilitará la antigua si está en buen estado.
Si todo está en orden, comunicarán a Tráfico la rehabilitación de esa matrícula. Es el primer paso para ponerla a rodar legalmente.
El permiso de circulación: demostrar que es tuya
La ficha técnica la hace la ITV. Pero para rehabilitar una moto, necesitas algo más: demostrar ante Tráfico que tú eres el dueño. Y para eso hay varias formas, según tu caso.
Si compraste la moto en su día y conservas una factura a tu nombre, estás de suerte. Ese documento, con el número de bastidor bien claro, es suficiente.
Si se la compraste a un particular, necesitas un contrato de compraventa que incluya nombre y DNI del comprador y del vendedor. Además del número de bastidor.
Los DNI deben estar en vigor. Si el vendedor ya no está localizable, no vale.

Puede que no tengas nada de eso. Bien porque la moto es un regalo, una herencia o lleva en casa más años de los que puedes contar. Aun así, hay solución.
Si no puedes acreditar la propiedad con documentos, puedes hacerlo con un acta notarial de manifestaciones. Es muy habitual en estos casos.
Vas a un notario, declaras que la moto es tuya desde hace más de tres años, y aportas dos testigos. Confirmarán que esa moto ha sido tuya durante ese tiempo.
Con eso, tendrás un documento válido para demostrar la propiedad ante Tráfico.
Impuestos: lo que hay que pagar… o no
Como todo vehículo, una moto rehabilitada debe estar al día de impuestos. Lo primero es el Impuesto de Circulación del Ayuntamiento.
Lo normal es que lo tengas que pagar, aunque en algunos municipios hay exenciones para vehículos antiguos. Pregunta en el tuyo. Si está exenta, llévate un justificante, porque te lo van a pedir.
El segundo impuesto es el de Transmisiones Patrimoniales. Debes poner la moto a tu nombre y hacer una transferencia. Esto implica pagar este impuesto.

Si la moto ya era tuya y en Tráfico figuraba a tu nombre, te ahorrarás este paso. Evidentemente, no tienes que transferirla.
Tendrás que pasar por Hacienda con la ficha técnica y el documento de propiedad (contrato, factura o acta notarial). Pagarás ese impuesto que varia en función del valor del vehículo a transferir.
A Tráfico: tu moto vuelve a la vida
Ya tienes la ficha técnica de la ITV, el justificante de haber pagado (o estar exento) de impuestos y los documentos que demuestran que la moto es tuya. Solo te queda llevar todo eso a una Jefatura de Tráfico. Bien físicamente, bien online, bien a través de una gestoría.
Presentarás la solicitud de rehabilitación y transferencia. Si todo está correcto, Tráfico te expedirá un nuevo permiso de circulación. La moto quedará de alta y a tu nombre.

Con ese permiso y la ficha técnica, ya puedes encargar la matrícula (normal, no histórica) y contratar el seguro. A partir de ahí, la moto está lista para volver a rodar legalmente.
Las dudas más habituales
¿Ya está matriculada como histórica?
No. Eso es otro procedimiento. Y nuestro consejo es que ahora, después de que la tengas de alta, solicites el cambio de servicio a histórico.
Aquí te contamos cómo hacerlo.
¿Puedo usar la matrícula antigua?
No es que puedas, Es que debes. Es la matrícula de tu moto.
¿Hay que pasar ITV regularmente?
Sí. Esta moto rehabilitada no es histórica. Tiene que pasar la ITV con la periodicidad que le corresponda por su antigüedad, como cualquier otra.
¿Puedo rehabilitar una moto que no estaba matriculada?
No. Puedes matricularla como histórica directamente. Pero ese es otro trámite diferente y algo más complejo.
En resumen
Si tienes una moto antigua dada de baja y nunca fue al desguace, puedes recuperarla con un trámite de rehabilitación ordinaria. No hace falta declararla como histórica, ni recurrir a museos o clubs especializados.
Solo necesitas una ITV favorable, acreditar que es tuya, pagar o justificar los impuestos, y presentar todo en Tráfico. Y listo: tu vieja moto vuelve a ser legal.
Una segunda oportunidad para esas motos que nunca debieron quedar olvidadas.
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